Calculá tu liquidación por renuncia o despido en Guatemala para 2026. Incluye todos los conceptos legales vigentes.
Calcula tu liquidación en Guatemala: aguinaldo y Bono 14 proporcionales y vacaciones con cualquier causa de salida y, si te despiden sin causa justificada, la indemnización de un mes por año del art. 82, sobre el salario más la parte proporcional del Bono 14 y del aguinaldo.
Completá los datos y hacé clic en calcular para ver el desglose de tu liquidación estimada.
Pasado el período de prueba, el preaviso del trabajador es de 1 semana con menos de 6 meses, 10 días de 6 meses a 1 año, 2 semanas de 1 a 5 años y 1 mes con más de 5, por escrito (art. 83). No corresponde la indemnización del art. 82 (salvo renuncia con causa del art. 79, o que un pacto colectivo o el contrato la den). Te pagan:
¿A qué tienes derecho si renuncias? Guía de la liquidación por renuncia en Guatemala →
Además de lo anterior:
Salario ordinario de Q6.000 (sin la bonificación incentivo), ingreso el 1-7-2024 y salida el 30-9-2026, vacaciones de años anteriores gozadas. Base de la indemnización: 6.000 + 500 (1/12 de aguinaldo) + 500 (1/12 de Bono 14) = Q7.000.
| Concepto | Renuncia | Despido |
|---|---|---|
| Vacaciones proporcionales | Q 750,00 | Q 750,00 |
| Aguinaldo proporcional | Q 5.000,00 | Q 5.000,00 |
| Bono 14 proporcional | Q 1.500,00 | Q 1.500,00 |
| Indemnización por despido (1 mes por año) | — | Q 15.750,00 |
| Total | Q 7.250,00 | Q 23.000,00 |
Sin el sueldo del último mes, que se supone pagado. Los montos salen del mismo motor que la calculadora.
La inclusión del Bono 14 surge del Decreto 42-92, art. 4. La del aguinaldo viene de la práctica y del Decreto 76-78, art. 9, que no pudimos leer en la fuente primaria; las fuentes secundarias no coinciden en el método. Sin el aguinaldo, la indemnización del ejemplo sería de Q14.625.
La bonificación incentivo de Q250 (Decreto 37-2001) no integra el salario para las prestaciones: ingresa tu salario ordinario sin ella.
La Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social recibe las denuncias. Si te despidieron, tienes 30 días hábiles para reclamar (art. 260); para los demás derechos del Código, 2 años (art. 264).
Información y cálculo orientativos, revisados con la normativa oficial a la fecha indicada: no reemplazan el asesoramiento de un profesional ni el cálculo de la autoridad de trabajo.
Estos son los conceptos que integran tu liquidación por renuncia voluntaria en Guatemala (2026).
No, salvo que tu contrato o un pacto colectivo la den. Con la renuncia te pagan el aguinaldo y el Bono 14 proporcionales, las vacaciones y el salario pendiente.
Entre 1 semana y 1 mes según tu antigüedad, por escrito (art. 83 del Código de Trabajo).
Un mes por año, proporcional, sobre el promedio de los últimos 6 meses más la parte proporcional del Bono 14 y del aguinaldo. En el período de prueba de 2 meses no corresponde.
Sí, la parte proporcional desde el 1 de julio (Decreto 42-92, art. 3).
Si te despidieron, 30 días hábiles (art. 260 del Código de Trabajo); para los demás derechos del Código, 2 años (art. 264).
Presenta la denuncia en la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, dentro de los 30 días hábiles si te despidieron.
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Última revisión de los parámetros: · valores del ejercicio 2026
Fuentes oficiales: Código de Trabajo, Decreto 1441 (Organismo Judicial, CENADOJ) · Ministerio de Trabajo y Previsión Social: Bono 14 (Decreto 42-92) · Ministerio de Trabajo y Previsión Social: cálculo oficial del aguinaldo (Decreto 76-78)
Este cálculo es una estimación orientativa basada en la normativa vigente. No reemplaza el asesoramiento de un profesional ni la liquidación oficial de tu empleador.