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El Código del Trabajo fija 12 días hábiles hasta 5 años de antigüedad, 18 días de 5 a 10 años y 30 días con más de 10 años. Al liquidar se pagan las vacaciones vencidas no gozadas y la parte proporcional del período en curso.
Con renuncia voluntaria cobrás salario proporcional, vacaciones proporcionales y aguinaldo proporcional. No corresponde indemnización por despido ni preaviso a tu favor. Elegí "Renuncia" en la calculadora para ver sólo esos conceptos.