¿Sabías que...?En Ecuador, al renunciar con desahucio recibes el 25% de la última remuneración por cada año completo de servicio (art. 185), más los proporcionales.
Simula tu liquidación en Ecuador por renuncia voluntaria o despido intempestivo: sueldo proporcional, vacaciones (15 días por año), décimo tercero y décimo cuarto proporcionales, la bonificación por desahucio (25% de la última remuneración por cada año completo de servicio, art. 185) y, si es despido intempestivo, la indemnización del art. 188 del Código del Trabajo.
Calculá tu liquidación en Ecuador
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Este cálculo es estimativo y orientativo. Los montos finales pueden variar según convenio colectivo, acuerdos individuales y la legislación vigente en cada país. Consultá con un profesional para un cálculo definitivo.
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Cómo se calcula la liquidación en Ecuador
Si renuncias (desahucio presentado por el trabajador)
El aviso de desahucio se da por escrito con al menos 15 días de anticipación (art. 184). No corresponde la indemnización por despido intempestivo. Te pagan:
Décimo tercero proporcional: 1/12 de lo percibido desde el 1 de diciembre.
Base legal: Código del Trabajo art. 111
Décimo cuarto proporcional: 1 salario básico unificado al año (US$482 en 2026), proporcional; el período va del 1 de marzo al 28 de febrero en la Costa y Galápagos, y del 1 de agosto al 31 de julio en la Sierra y la Amazonía.
Base legal: Código del Trabajo art. 113
Vacaciones no gozadas: 15 días al año (más 1 por año desde el quinto, hasta 15 adicionales); en dinero, 1/24 de lo percibido en el año.
Base legal: Código del Trabajo arts. 69 y 71
Bonificación por desahucio: 25% de la última remuneración mensual por cada año completo de servicio.
Base legal: Código del Trabajo art. 185
Indemnización por despido intempestivo: hasta 3 años de servicio, 3 meses de remuneración; con más de 3 años, 1 mes por año. La fracción cuenta como año completo y el tope es de 25 meses.
Base legal: Código del Trabajo art. 188
Bonificación por desahucio: también se paga en el despido, aparte de la indemnización (la Corte Nacional resolvió que son independientes).
Base legal: Código del Trabajo art. 185
Ejemplo: renuncia y despido con 2 años y 3 meses
Sueldo de US$900 en la Sierra, ingreso el 1-7-2024 y salida el 30-9-2026, vacaciones anteriores gozadas y fondos de reserva pagados mes a mes. La renuncia incluye la bonificación por desahucio (ver la nota sobre la Resolución CNJ 03-2025).
Concepto
Renuncia
Despido
Vacaciones proporcionales
$ 112,50
$ 112,50
Décimo tercer sueldo proporcional
$ 750,00
$ 750,00
Décimo cuarto sueldo proporcional
$ 80,33
$ 80,33
Bonificación por desahucio (25% por año completo)
$ 450,00
$ 450,00
Indemnización por despido intempestivo
—
$ 2.700,00
Total
$ 1.392,83
$ 4.092,83
Sin el sueldo del último mes, que se supone pagado. Los montos salen del mismo motor que la calculadora.
Puntos en discusión y lo que la calculadora no incluye
En discusión: el desahucio en la renuncia voluntaria
La Resolución 03-2025 de la Corte Nacional de Justicia (22-1-2025) declaró improcedente la bonificación por desahucio para quien se retira voluntariamente. La presidenta de la Sala Laboral aclaró que rige sólo para el sector público, y la Ministra del Trabajo la demandó por inconstitucional (la demanda fue admitida). En el sector privado se sigue pagando y la calculadora la incluye en la renuncia; no encontramos una sentencia de fondo de la Corte Constitucional. Fuente: Primicias: alcance de la Resolución 03-2025.
Fondos de reserva y utilidades
La calculadora no incluye los fondos de reserva pendientes (8,33% mensual desde el segundo año, si no se pagaron o depositaron en el IESS) ni las utilidades, que se pagan aparte en abril.
Dónde reclamar en Ecuador
El Ministerio del Trabajo recibe las denuncias en sus direcciones regionales y delegaciones provinciales, y el acta de finiquito se registra en su sistema (SUT). El Ministerio tiene además su propia calculadora de liquidaciones.
Información y cálculo orientativos, revisados con la normativa oficial a la fecha indicada: no reemplazan el asesoramiento de un profesional ni el cálculo de la autoridad de trabajo.
Ejemplo resuelto
Despido intempestivo con 5 años de antigüedad y $800 de remuneración
Datos del ejemplo
Salario mensual bruto
$ 800,00
Fecha de ingreso
30/09/2021
Fecha de despido
30/09/2026
Tipo de desvinculación
Despido sin causa
Salario proporcional del mes30 días trabajados
$ 800,00
Vacaciones proporcionales0.04 días proporcionales (0.03 meses desde el último período)
$ 1,11
Décimo tercer sueldo proporcional10 meses desde el 01/12/2025
$ 666,67
Décimo cuarto sueldo proporcional2 meses desde el 01/08/2026 (Sierra y Amazonía), SBU $482
$ 80,33
Bonificación por desahucio (25% por año completo)25% × 5 año(s) completo(s)
$ 1.000,00
Indemnización por despido intempestivo5 meses (1 por año de servicio, la fracción cuenta como año; tope 25)
$ 4.000,00
Total estimado
$ 6.548,11
Los números salen del mismo motor que la calculadora. Cargá tus datos arriba para ver tu caso.
Renuncia voluntaria vs. despido intempestivo: qué cobras en cada caso
Si renuncias, cobras lo devengado y no pagado: sueldo del mes, vacaciones no gozadas, décimo tercero y décimo cuarto proporcionales y la bonificación por desahucio. No hay indemnización.
Si te despiden intempestivamente (sin causa ni visto bueno), se suma la indemnización del art. 188: hasta 3 años de servicio, 3 meses de remuneración; más de 3 años, un mes por cada año (la fracción cuenta como año completo), con tope de 25 meses. La bonificación por desahucio también se paga en el despido.
Bonificación por desahucio (25%)
Al terminar la relación laboral el empleador paga el 25% de la última remuneración mensual por cada año completo de servicio (art. 185); la fracción de año no cuenta. Con 5 años y $800, son $200 por año: $1.000. La calculadora la incluye en renuncia y en despido.
Décimo tercero y décimo cuarto proporcionales
El décimo tercero es la doceava parte de lo ganado en el período (del 1 de diciembre al 30 de noviembre). El décimo cuarto equivale a un salario básico unificado (USD 482 en 2026), proporcional al tiempo trabajado en su período: del 1 de agosto al 31 de julio en Sierra y Amazonía, y del 1 de marzo al 28 de febrero en Costa y Galápagos. Si los cobrabas mensualizados, ya no forman parte de la liquidación: tenlo en cuenta al comparar con el recibo.
Estos son los conceptos que integran tu liquidación por renuncia voluntaria en Ecuador (2026).
Salario proporcional del mes
Vacaciones proporcionales
Décimo tercer sueldo proporcional
Décimo cuarto sueldo proporcional
Bonificación por desahucio (25% por año completo)
Indemnización por despido intempestivo
Preguntas frecuentes sobre liquidación en Ecuador
¿Si renuncio me pagan liquidación?
Sí: décimos proporcionales, vacaciones no gozadas y, si renuncias con el aviso de desahucio, la bonificación del 25% de tu último sueldo por cada año completo. En el sector privado se sigue pagando, aunque la Resolución CNJ 03-2025 abrió una discusión sobre el retiro voluntario.
¿Cuánto me pagan por despido intempestivo?
3 sueldos si tienes hasta 3 años de servicio; después, 1 sueldo por año (la fracción cuenta como año), con tope de 25, más el 25% por año completo de la bonificación por desahucio.
¿Cuánto aviso debo dar si renuncio?
15 días por escrito (art. 184 del Código del Trabajo).
¿Puedo cobrar el seguro de desempleo si renuncio?
No. El Seguro de Desempleo del IESS exige que la pérdida del empleo sea involuntaria, 24 aportaciones (6 continuas e inmediatamente anteriores) y 60 días como cesante; son 5 pagos.
¿Qué hago si no me pagan?
Denuncia ante el Ministerio del Trabajo, en la Dirección Regional o la delegación provincial. Puedes estimar el monto también con la calculadora de liquidaciones del Ministerio.
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Este cálculo es una estimación orientativa basada en la normativa vigente. No reemplaza el asesoramiento de un profesional ni la liquidación oficial de tu empleador.
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